¿Cómo se está desarrollando?
Normas en vigor
Desde la entrada en vigor de la Ley, el Gobierno ha aprobado una serie de normas para su desarrollo:
• Real Decreto por el que se regula el procedimiento para la obtención de la declaración de reconocimiento personal. Esta norma prevé el procedimiento mediante el que puede obtenerse la Declaración de reparación y reconocimiento personal de las personas que padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa, durante la Guerra Civil y la dictadura. [Ver texto íntegro]
• Real Decreto sobre condiciones y procedimiento para la concesión de las indemnizaciones a personas fallecidas en defensa de la democracia o que hubiesen sufrido lesiones incapacitantes durante la Transición (de 1 de enero de 1968 a 6 de octubre de 1977). En el caso de fallecimiento la indemnización asciende a 135.000 euros, y en el caso de lesiones incapacitantes, se determina en función del grado de incapacidad acreditado ante los correspondientes órganos de la administración de Seguridad Social. [Ver texto íntegro]
• Real Decreto sobre procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por parte de los voluntarios de las Brigadas Internacionales. [Ver texto íntegro]
• Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre sobre acceso a la consulta de los libros defunciones de los registros civiles
• Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española.
(Para obtener más información sobre estos Reales Decretos e Instrucciones y acceder a las solicitudes entrar en: http://leymemoria.mjusticia.es/index.html)
• Orden sobre las instrucciones para la retirada de símbolos franquistas en los bienes de la Administración General del Estado y sus organismos públicos dependientes.. [Ver texto íntegro]
Normas en preparación
La Ley también establece la elaboración de un mapa de los territorios donde se localicen restos de víctimas y un Protocolo de actuación científica y multidisciplinar para las exhumaciones.
El Gobierno ya ha remitido sus propuestas de actuación y colaboración en ambos temas a las Comunidades Autónomas, a la FEMP y a las diferentes asociaciones implicadas.
• El Protocolo para exhumaciones tendrá por finalidad fijar el procedimiento y los requerimientos técnicos, materiales y humanos para proceder a la realización de las exhumaciones en los lugares en los que se produjo su enterramiento como consecuencia de la guerra civil y la dictadura. Así, el Gobierno asegura que dicha exhumación se realiza con suficientes garantías para preservar los restos.
• Elaboración de un Mapa que integre los mapas que elaboren las Administraciones Públicas de los territorios donde se localicen restos de las víctimas. En el Mapa se integrarán cuestiones como la información de los terrenos en los que se localicen los restos, los datos necesarios para su identificación geográfica, si se han efectuado o no las inhumaciones o los resultados de éstas.

