A la Secretaría de Estado para la Función Pública le corresponde:
- La dirección, impulso y gestión de las atribuciones ministeriales relativas al régimen jurídico y retributivo de la función pública, relaciones laborales, prevención de riesgos laborales, oferta de empleo público y provisión de puestos de trabajo y movilidad provisional y Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado. También tiene atribuida la gestión del régimen de incompatibilidades y de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y Altos Cargos de la Administración General del Estado.
- La coordinación de las estructuras organizativas y la mejora de la calidad de la Administración General del Estado y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.
- El ejercicio de las atribuciones del Ministerio de la Presidencia en materia de inspección de servicios de la Administración General del Estado y de los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.
- La promoción de la plena incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones a la prestación de los servicios públicos, el impulso y desarrollo de la Administración Electrónica, la simplificación de los procedimientos y procesos de gestión pública y el fomento de los programas de atención e información al ciudadano.
- El impulso mediante la cooperación de todas las administraciones para simplificar la regulación de los procedimientos de las materias que incidan competencias de diferentes administraciones públicas de forma que se facilite a los ciudadanos y a las empresas el ejercicio de sus derechos.